comercio electrónico tesis

Para finalizar el capítulo segundo, se dedica el último epígrafe al análisis sobre las cuestiones relacionadas con la seguridad jurídica en las transacciones electrónicas. 147 Ver el inciso b) del anexo de la LSSICE; vid. 80 y ss GARROTE FERNANDEZ-DIEZ, I.: «La responsabilidad civil extracontractual de los prestadores de servicios en línea por infracciones de los derechos de autor y conexo», Revista de Propiedad Intelectual, nº. 35 Fernandinho Domingos Sanca En cuarto lugar, se estudian las modalidades de los medios electrónicos de pago existentes en la actualidad, partiendo del análisis conceptual, funciones, ventajas e inconvenientes de cada uno de ellos en la operativa de pago electrónico. La investigación fue transeccional mediante un método analítico-sintético, donde se encontró que el e-commerce creció de manera exponencial en México desde el 2009, donde generó 24.5 mil millones. 165-176. «El uso fraudulento de tarjetas de pago en la Directiva 2007/65/CE: La obligación de notificación y reclamación del us uario», en B OSH CAPDEVILA, Esteve (dir.). A. El dinero…, op., cit., p. 25; según señala MARTÍNEZ GONZÁLEZ “los riesgos pueden variar de un medio de pago a otro, también puede darse en función de soporte tecnológico o s oluciones tecnológico utilizada en s u gravedad; y que los riesgos más común en los pagos electrónicos proviene del hecho en que una persona malintencionado suplante alguno de los participantes en una t ransacción y de los datos confidenciales accesibles a estafadores por falta o m ala protección del sistema que almacena los datos o canal de comunicación utilizada durante la transacción. Una vez que el cliente comprueba la validez de la firma digital o de los certificados, envía al proveedor de bienes o servicios una orden de pago, que está dividida en dos partes 295: La información sobre el pedido, (order information) de la compra, en la  que figurarán los datos del producto a comprar y el valor de la misma Las instrucciones de la compra (payment instruction), donde se  describen los datos bancarios y se dan instrucciones para el pago a la entidad vendedora. [En Línea] Disponible en I nternet: http://www.revistaselectronicas.ujaen.es/index.php/REE/article/download/359/322(última consulta 19 de febrero de 2012); ROBLES, S. «Seguridad en redes…», op., cit., p.85. Existen dos tipos de no repudio: d.1) No repudio de origen. Es una obligación esencial ya que de ella depende el éxito o fracaso del pago con tarjeta 465. Del mismo modo resulta interesante resaltar el criterio sostenido por algún autor, tras sostener que “a medida que las relaciones sociales y la actividad económica han ido migrando, en un proceso constante e imparable, al espacio digital, la cuestión de s u regulación ha venido implicando una previa apreciación de l a suficiencia y la adecuación de las reglas preexistentes al nuevo entorno. Disciplina del crédito bancario y protección del consumidor. 33 a 49. 46 (modificado por Ley 47/ 2002 LRLOCM) no aclara este punto, por nuestra parte, como hemos puesto de m anifiesto en reiteradas ocasiones, consideramos que, en realidad, es frente a l a entidad emisora a qui en debe (o cuanto menos puede) ejercerse tal facultad, por cuanto, en primer lugar, el art. 350 Véanse BELTRÁN SÁNCHEZ, E. M y ORDUÑA MORENO, J. Fco (coords.). 1.5.2.3. (dir.). Posición similar ha sostenido la SAP de Sevilla, de 4 de octubre de 2001 y l a SAP de Asturias, de 31 de julio de 2001 544, con cita de las SSAP de Barcelona de 14 de septiembre de 1990, (Sección 12ª), de 14 de mayo de 1993 545 y de 4 de noviembre de 1997,que, examinando una cláusula similar, admitieron “la plena validez de la misma, sobre la base de que no exoneraba totalmente de responsabilidad a la entidad bancaria, sino sólo para el caso de sustracción de la tarjeta, y de que no se le podía imputar culpa a dicha entidad por la utilización fraudulenta de la misma”. 392 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… 5.5.2. “Tarjetas”, en LU NAS DÍAZ, María José (dir). Madrid: SEAIDA, 2012, pp. Madrid: McGraw Hill, 1999. Aspectos técnicos y jurídicos. 1 - 9 de 9 resultados. Zaragoza: ADICAE, 2009, p. 33. 8. En otro orden de cosas, se puede caracterizar como un contrato atípico que se regirá por lo convenido entre las partes contratantes. La z ona costera pantanosa es apta para el cultivo de ar roz. Contrato de pasarela de pagos o Terminal de Punto de Venta Virtual 3.3.1. La i ncorporación legislativa de un cuerpo normativo de esta naturaleza en nues tro país es indispensable, dada la importancia que juega el comercio electrónico en la economía a nivel mundial. En caso de no disponer de la misma, es recomendable que el cliente acuda a s u entidad bancaria para solicitar que su tarjeta pueda realizar "pagos seguros" por Internet mediante el sistema Verified by Visa. Obligaciones de algunos intermediarios en el sistema de pago electrónico mediante tarjeta 3.6.1. Según el informe elaborado por INTECO, en s eptiembre de 2009, un 56,2% de los equipos informáticos estaban infectados con algún tipo de código malicioso; u n 35,4% de los equipos alojan troyanos, tipología de malware más relacionada con la comisión de fraude on line 184. 402 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… Falta de una legislación para impulsar el comercio electrónico. 68, octubre-diciembre 1997, pp. Criptografía. Siendo este uno de los tipos de e-commerce más habituales, consiste en empresas que ofrecen sus servicios a particulares por medios digitales. 1255 CC), en GETE-ALONSO y CALERA, M.C. DIEZ-PICAZO, L.; y GULLON, A. Sistema de derecho civil. ECHEBARRÍA SÁENZ, J. 185 y ss; vid. Contratos mercantiles especiales. Es decir, “se trata de un tercero que intermedia en la 496 España: Ley 56/2007. ROBLES ELEZ-VILLAROEL, J. F. Practicas incorrectas y condiciones abusivas en las operaciones Bancarias. «La r etrocesión en el contrato de comercio electrónico», en M ADRID PARRA, A (dir.). 606 Según PANIZA FULLANA, se puede plantar algunos supuestos en e l que: “el titular indica inconscientemente (o no) un número diferente al de su tarjeta o una tercera persona señala el número de otra sustraída o perdida”, en PANIZA FULLANA, A. Contratación a…op., cit., pp. Al no contar con legislación en la materia está abierto a la elaboración de una legislación muy depurada técnicamente, que contraste modelos ya existentes y puestos a prueba y que, al ser un territorio en el que las cifras de comercio electrónico van a dispararse necesariamente en un futuro muy próximo. Tarjetas de prepago ........................................................................ 104 1.5.5. http://www.alfa- redi.org/rdi-articulo.shmt(última consulta el 2 de enero de 2012). 162 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… 2.4.1. “Contratación electrónica y pago electrónico en el derecho nacional e internacional”, en ORDUÑA MORENO, Francisco Javier. 7796, especialmente pp. Según la tesis sostenida por la Audiencia, "está justificado si se tiene en cuenta que es el comerciante y no l a entidad bancaria en que s e efectúan las anotaciones contables de l a operación, el único que puede tomar precauciones para evitar la utilización fraudulenta de tarjetas, entre otras, comprobar que el servicio se efectúa a quien es el verdadero titular de la tarjeta con que se hizo el pago". “Seguridad en el comercio electrónico”, en ORDUÑA MORENO, Francisco J. Comercio electrónico y protección de datos. [En línea] Disponible en Internet: http://la.trendmicro.com/la/about/news/pr/article/20081117164206.html(última consulta 25 de octubre de 2012). Por su parte, la entidad bancaria alega que no asume ningún riesgo en la gestión del cobro, sino que se limita a poner un sistema en funcionamiento 634 Esta sentencia fue analizada por GÓMEZ MENDONZA, M. “Comercio electrónico…”op., cit., pp. c) La integridad: los datos (el número de tarjeta de crédito) son firmados digitalmente de modo que se garantiza la integridad de t odos ellos, incluso cuando se finaliza la conexión, sin que el vendedor tenga acceso a los mismos301. INTRODUCCIÓN ......................................................................................... 141 2.1. RIBAS ALEJANDRO, J. [En línea] Disponible en Internet: http://www.didinho.org (última consulta 12 de junio de 2012). Condiciones generales de la contratación y cláusulas abusivas. 261-278. 166, de 12 de julio de 2002); en contra de esta tesis PARDO GATO, José Ricardo. TEMAS Y SUBTEMAS COMERCIO ELECTRONICO Y 2 X b g m 1 E PRESENTADO POR: Wendy Riveros VANESSA ROJAS F 2.REDES DE AREA EXTENSA(WAN): Esto se realiza conectando las diferentes LAN´s mediante servicios que incluyen líneas telefónicas alquiladas (punto a punto), líneas de teléfono D C A 21, que prohíbe a los emisores la recepción de fondos por importe superior al valor monetario emitido. Es aquel que se lleva a cabo entre el negocio o, en este caso tienda virtual, y una persona interesada en comprar un producto o adquirir un servicio. 4.2. La tarjeta…op., cit., p. 790; GÓMEZ PRÚA, J. Comercio electrónico en Internet. [En línea] disponible en Internet. “Riesgo legales en Internet. Barcelona: BOSCH, S.A., 2009, pp. Finalmente, el número de la tarjeta de crédito se cifra con la clave pública del emisor o de la pasarela de pago 297. Ya que dichas actividades, al no t ener carácter económico, quedan fuera del concepto de servicios de l a sociedad de la información, y por tanto los artículos 14 a 17 de la LSSICE, en el caso de España no les son de aplicación. Es empleada frecuentemente para permitir un intercambio de m ensajes que sólo pueden ser leídos por personas a las que van dirigidos y que poseen los medios para descifrarlos. 10 Interpretar la importancia del marketing digital en el comercio electrónico para los emprendedores de diseño. 238/2006. En este trabajo se desarrolló un modelo de comercio electrónico, bajo el esquema business to business (b2b), para la comercialización de productos en una empresa de consumo masivo. Además, el proveedor de s ervicios de pag o facilitará gratuitamente al usuario de dichos servicios medios que permitan demostrar que ha efectuado dicha comunicación, durante los 18 meses siguientes a la misma (art. Condiciones Generales sobre la obligación de Bankia, punto 8.1. Granada: Comares, 1999, 98 p; NUÑEZ LOZANO, Pablo Luis. No requiere la descarga de ningún software, ni existe la necesidad de obtener una nueva tarjeta. Funcionamiento de SSL.................................................... 170 2.5.2.2. 2. ª ed. 504 Vid. Obligaciones de los prestadores de servicios de certificación que expiden certificados electrónicos Según se establece en el inciso a) del art. --La contratación electrónica. [En línea] Disponible en Internet: http://www.didinho.org/GUINEBISSAUUMAANALISESOBREARELACAO CIVILMILITAR.pdf (última consulta, 12 de junio de 2012). BERNAL JURADO, E. y PARRAS ROSA, Manuel. E-COMMERCE Electronic commerce (Comercio Electrónico). ALVARADO HERRERA, L. “La responsabilidad de l os proveedores de servicios de pag o en c aso de no ejecución o ej ecución defectuosa de operaciones en el proyecto de Ley de s ervicios de pag o”, en MADRID PARRA, A (dir.). 238 Según sostiene la Profesora RICO CARRILLO, en uno de sus obras, que “en los pagos realizados a t ravés de I nternet, la criptografía es una herramienta ideal que proporciona seguridad a la operación, ya que permite ocultar la información que viaja a través de la Red, en estos casos es necesario proteger tanto la información del titular como la información asociada al instrumento de pago”, RICO CARRILLO, M. «La protección de los consumidores en las transacciones electrónicas de pago», en Primera Revista Multimedia Científica de Estudios Telemáticos en Venezuela vol. Buenos Aries: Editorial Asterea, 1988. Vid. Prólogo de Manuel Olivencia. Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (España): Editorial, Ministerio de D efensa, Secretaría General Técnica, 2010, p. 165. A cambio la comisión cobrada por «Caja Madrid», era del 5,5%, en general, para todas las operaciones de venta no presencial, el doble que la del 2,5%, percibida por las de venta presencial». Además, el número de los internautas o de consumidores que navega y compra por Internet va en aumento. Ibídem, p.105. Toda esta información debe ir acompañada de una firma digital del consumidor o cliente, en el sentido de impedir que dicha información pueda ser interceptada o leída por un tercero no autorizado. Contratación electrónica y firma digital. Se limitarán estrictamente a los datos previstos normalmente para cheques y transferencias». 1.5.2.2. No obstante, cabe destacar que el país cuenta con regulaciones que se pueden aplicar en l os pagos tradicionales, por ejemplo el Código civil que recoge como régimen general las obligaciones 732 y la responsabilidad 733 de las partes interviniente en una relación jurídica. Octubre, 1999, pp. “Pagos en la red…”op., cit. 305-346. 23, junio 2000; PÉREZ-SERRABONA GONZÁLEZ, J. Luis y FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Luis. En pocas palabras, el comercio electrónico es solo el proceso de compra y venta de productos por medios electrónicos, como aplicaciones móviles e Internet. 66-166. Os desafios da transição política na Guiné Bissau. ADICAE. Las estrategias de venta del comercio electrónico son de las mejores formas para comunicarse con un cliente. [En Línea] disponible en Internet: http://150.214.178.8/sinbad2/files/publicaciones/77.pdf (última consulta 18 de febrero de 2012). Derecho patrimonial y tecnología: revisión de la contratación electrónica con motivo del Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratación electrónica de 23 de noviembre de 2005 y de las últimas novedades legislativas. (dir.). 408 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… Tabla2. 454 En cambia la SAP (AC 1999, 8828), comentada por MARIÑO LÓPEZ, A. Uso fraudulento…op., cit., p. 124; SSAP de Valencia de 26 de abril de 1993 sobre falta de aviso inmediato de la sustracción y 20 de febrero de 1995 en la que esta Audiencia sostiene que, cumplida la obligación de comunicar la sustracción por el titular de l a tarjeta, tiene la obligación de pagar. AURIOLES MARTÍN, A. Zaragoza: ADICAE, 2009. La firma electrónica. Perspectiva presente y futura en España. Tampoco el banco puede conocer la información sobre los productos comprados a pesar de que ambos documentos están ligados por la misma firma. Madrid: Fundación Confemetal, 2003. (coord.). (…)” 670 Vid. Introducción…op., cit., p. 937. Promulgada parcialmente: enero 9 de 1999. Manual de gestión y contratación Informática. Según este tribunal, la entidad emisora de la tarjeta es responsable «(…) en caso de fallos del sistema, emisión de mensajes incorrectos que inducen a confusión e intervención fraudulenta por terceros, con la aplicación de l a teoría del riesgo profesional inherente al tráfico bancario, sin desconocer la prevalente postura de la entidad por su posibilidad de acceso a datos y documentos con mayor facilidad probatoria, no siendo de recibo la exigencia de una prueba completa, por el titular de la tarjeta bancaria, por ser contraria a la equidad y entendiéndose que la exigencia de demostrar la coacción vulnera el justo equilibrio de l as prestaciones y no g uarda proporción y equidad». Como indica la doctrina, el protocolo SET 284 tiene como objetivo garantizar la autenticación de todas las partes que intervienen en la transacción cuando se utilizan las tarjetas de crédito y de débito como medios de pago en Internet; también garantiza la integridad 285 de la información intercambiada que, como el número de tarjeta, no podrá ser alterada de manera accidental o maliciosa durante su transporte a través de r edes telemáticas. 105 Fernandinho Domingos Sanca 1.5.5. Madrid: La Ley, 2001, pp. Contratos..op., cit., pp. 1, vol. Il contratto telematico e i pagamenti elettronici. 206-208. Ibídem, p. 204; según se establece en el art. 50, de 16 de Diciembre de 1996). Derechos y obligaciones del proveedor y del usuario de servicio de pago............................................................................................ 125 1.10. PANIZA FULLANA, Antonia. TAT, 1987. Caracteres Al igual que el contrato de emisión, se trata de un contrato mercantil, ya que responde a un a cto de e mpresa ejercido dentro de s u actividad 384. Art. 270-279. Impide la identificación de l os sujetos intervinientes en una transacción, situación que puede traer consigo el uso fraudulento o indebido de la tarjeta en la futura operativa de pago realizada desde el ordenador del cliente ubicado en Guinea-Bissau. Granada: Comares, 2003. La Unión Económica y Monetaria del África occidental (UEMOA) El 2 d e mayo de 1997, Guinea-Bissau se convierte en el octavo país miembro de la Unión Económica y Monetaria del África occidental (UEMOA) y el primero no francófono. Madrid: Tecnos, 2012. Publicada en el DOCE, núm. HORTAL I VALLVÉ, Joan; ROCCATAGLIATA, Franco y VALENTE, Piergiorgio. Monografía asociado a Revista Aranzadi de Derecho y Nuevas Tecnologías, núm. 129 Fernandinho Domingos Sanca La inseguridad y la falta de pr ivacidad vienen siendo uno de l os principales problemas que plantea el uso de las tarjetas de crédito o débito como medios de pago en el comercio electrónico a través de Internet. BUSTO LAGO, J. M (coord.). Mecanismos de autenticación de las compras y el pago • Protocolo USSD (Unstructures Supplementary Services) 690. Prólogo de Leopoldo J. Porfirio Carpio. En este sentido, sostiene que acorde a lo establecido en las condiciones generales del contrato de af iliación al sistema Terminal de P unto de Venta (TVP) bonificado, de 27 de mayo de 2004, "en caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en es tas condiciones el establecimiento será responsable de los quebrantos que se produzcan si el banco emisor de la tarjeta que figure utilizada no admite el cargo de la operación”. 47 Fernandinho Domingos Sanca Al respecto, la Organización Mundial del Comercio (OMC) define al comercio electrónico como «la producción, publicidad, venta y distribución de productos a través de las redes de telecomunicaciones» 6. Por ello, en este epígrafe se plantea la necesidad de llevar a cabo una reforma profunda del marco jurídico que supondría una oportunidad además para introducir disposiciones que puedan ir componiendo un derecho de los consumidores y usuarios guineanos ante los problemas que puedan derivar del uso de los medios de pago electrónicos en el comercio electrónico, especialmente en Internet. 285 Fernandinho Domingos Sanca Respecto al primer supuesto, de la no ejecución o ejecución incorrecta de las operaciones que impliquen el uso del número de la tarjeta, tanto por avería técnica como por cualquier otra anomalía atribuible a la entidad emisora, el art. Caracteres jurídicos del contrato ................................................ 200 3.2. Generación y verificación de la firma digital En el procedimiento de utilización de la firma digital concurren dos procesos sucesivos que consisten en: A) Generación de la firma del mensaje por el emisor del mismo; y B) Verificación de la firma digital por el receptor del mensaje. Las obligaciones y cargas de las partes implicadas en la emisión y utilización de la tarjeta de pago en el comercio electrónicO .................... 222 3.5.1. NAVARRO CHINCHILLA, José Justo. DE MIGUEL ASENSIO, P. A. Aspectos legales y técnicos.  En el momento de aceptar el pago mediante tarjeta, el proveedor de bi enes o s ervicios debe r ealizar la consulta respectiva a la entidad emisora. Los servicios financieros…op., cit., p. 251; GETE ALONSO Y CALERA, M. Tarjeta de…op., cit., p. 65; BARUTEL, Tarjeta de…op., cit., pp. Y a c ontinuación, señalan que “la falta de mayor información sobre el origen de es ta previsión, cabría quizá relacionarla con la característica de gratuidad e inexistencia de costes para el usuario que se considera que debería cumplir el dinero electrónico de forma similar al dinero en efectivo”, en FERRER GOMILA, José Luis y MARTINEZ NADAL, A.: “Aproximación al Concepto Jurídico de D inero Electrónico”. DE EIZAGUIRRE, J. Mª. ANTEPROYECTO TESIS - COMERCIO ELECTRONICO. Así para el propósito de esta tesis, se menciona a continuación la siguiente definición de comercio electrónico: El Comercio Electrónico es una metodología moderna en el proceso de comercialización, ayudada por la tecnología de punta como una nueva maniobra para el desarrollo de una mejor ventaja competitiva [Fuentes, 2001] 4. GONZÁLEZ-MENESES, M. La firma electrónica como instrumento de imputación jurídica. Vale la pena destacar que todavía conservan el dominio x.com. «Falsificación y utilización fraudulenta de tarjetas electrónicas. : “La nueva administración…op., cit., p. 98; compartiéndonos el criterio de MANUEL VIILLAR, en l a que es te señala que “la firma digital no i dentifica por sí sola el autor de u n mensaje ya que s ólo confirma que el clave privada utilizada para firmar el mensaje corresponde la clave pública que permite descifrarlo, sino solo por medio de un complemento de certificado electrónico, que consta que la clave pública pertenece a q uien dice haberlo hecho”, MANUEL VIILLAR, José. Sin embargo, con el advenimiento de la . VÁZQUEZ CALLAO, E; y BERROCAL COLMENAREJO, J. Comercio electrónico. Barcelona, 17 y 18 de noviembre de 2011. Valencia: Tirant lo Blanch, 2004, pp. 265 Fernandinho Domingos Sanca 3.6.3.1. “Condiciones generales…” op., cit., p.76; por su parte el art. Madrid: Coedición, ESIC EDITORIAL y Mundi-Prensa, 2000, p. 393; MARTÍNEZ LÓPEZ, Luis; MATA MATA, Francisco y Rodríguez Domínguez, Rosa Mª. La seguridad en la operativa de pago mediante tarjeta de crédito o débito en el comercio electrónico............................................................ 142 2.2. Derecho comunitario europeo. Una vez definido el pago en s entido general, es preciso definir en q ué consiste el pago electrónico. Reclamaciones de consumo. 145 Fernandinho Domingos Sanca Similares consecuencias pueden darse en la transmisión de los datos personales de los consumidores. 446 (AC 2000, 753). 317 Fernandinho Domingos Sanca CVV) 583que protegen a su titular de us os fraudulentos, reduciendo las consecuencias a que se exponen en caso de pérdida, robo, o extravío de la tarjeta 584. Cortafuego (Firewall en Inglés). 2 del TRLGDCU) 556. Introducción a la realidad socioeconómica del África subsahariana. 4.3.1. La mayor parte de ellos temen enviar sus 92 Vid. 175. 664 Guinea-Bissau firma el Tratado de adhesión de la OHADA mediante la Resolución nº 1/94 del Consejo de Estado, publicado en Boletín Oficial, núm. Madrid: 1995, pp. 229 Fernandinho Domingos Sanca entidad por él indicada) proporcionará al titular los medios que acrediten que dicha notificación ha sido efectuada por el titular». 6 y ss. Áreas de resultados clave para el comercio electrónico en Guinea-Bissau: contratación electrónica, ventas y compras de productos, transacciones electrónicas y seguridad jurídica y técnica 5.10. Madrid: Marcial Pons, 2010, pp. No obstante, nos interesa analizar la tarjeta de prepago de finalidad múltiple que es aquella que puede ser utilizada en los puntos de venta de varios proveedores de servicios para una multiplicidad de finalidades, lo cual tiene el potencial de ser usada a escala nacional o internacional, pero puede ser restringidos a c iertas áreas. 3.1 y 4 del C.C., porque entiende que el contrato de 5 de di ciembre de 1997 aplicó el clausulado de las ventas no presenciales efectuadas por correo, que era el único previsto hasta entonces, a las realizadas por teléfono, modalidad no regulada contractualmente por la entonces apelante 633 . 792/2009, de 16 de diciembre de 2009)», en la RDBB, núm. 106 del TRLGDCU, establece para los “pagos mediante tarjeta”, que “cuando el importe de una compra hubiese sido cargado fraudulenta o indebidamente, utilizando el número de una tarjeta de pago, el consumidor o us uario titular de el la podrá exigir la inmediata anulación del 356 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… cargo; En tal caso, las correspondientes anotaciones de adeudo y reabono en las cuentas del empresario y del consumidor y usuario titular de la tarjeta se efectuarán a la mayor brevedad”. 48/ 2003(sección 8ª), de 8 de noviembre de 2004 (JUR 2004/89327); la SAP Castellón (Sección 1ª) de 30 de diciembre de 2004(AC2005/24), resuelve un caso relacionado con la desaparición de la tarjeta, sin que el titular comunicase a la entidad emisora de s u desaparición, según la tesis de l a Audiencia el titular actúa con falta de diligencia en la conservación de s u tarjeta de crédito cuando ilocalizado durante 18 d ías, tiempo transcurrido durante el cual se efectúan operaciones fraudulentas con ella. 2.5.3.4. 2 ª. ed. Caracteres ...................................................................... 210 3.2.2. De acuerdo al literal e) del art. 588 Estos incisos se refieren a l as diversas obligaciones que c oncierne el titular de l a tarjeta. Monografía asociada a R evista Aranzadi de D erecho y Nuevas Tecnologías, núm. (DO, L 319/ 1, de 5 de diciembre de 2007). innovadores diferentes organizaciones de apoyo económico y profesional. Cizur Menor (Navarra): Aranzadi, S.A., 2003, pp. Entidad adquirente Es la entidad de crédito o financiera con la que el proveedor de servicios o bienes (establecimiento comercial) firma un contrato de aceptación de la En el Derecho Argentino la Ley 25/ 0.65 de tarjeta de, en su art. Madrid: Tecnos, 1998. Finalmente, resumiendo lo dicho a lo largo de es te epígrafe, cabe señalar que, teniendo en cuenta las tesis sustentadas por las sentencias de los tribunales españoles que hemos comentado en relación con la validez de las cláusulas de exención de r esponsabilidad de la entidad emisora, por extravío o s ustracción de la tarjeta, antes de q ue su titular notifique su pérdida, han de considerarse válidas dichas cláusulas, ya que se trata de cláusulas que exclusivamente exigen al titular de l a tarjeta la obligación de notificar o comunicar con rapidez la sustracción, el extravío o pérdida de la tarjeta y su responsabilidad con anterioridad a la notificación 548. 117, enero-marzo, de 2010, p.191- 227. Añade este autor, que a pesar de que el titular le incumbe una serie de obligaciones de custodia, de notificación y utilización del programa en la forma determinada por la entidad emisora el incumplimiento de la misma que acabe en un uso ilegítimo de la tarjeta en la red, la entidad emisora vendrá obligada a restituir las cantidades de las que se dispuso en virtud de la orden irregular. Comercio y firma electrónicos. El sistema de cheque electrónico se basa en la criptografía asimétrica (clave pública) y la firma electrónica 61, con la finalidad de garantizar la confidencialidad y la autenticidad. 46, 2004, pp. El Real Decreto-Ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica, en BOE, núm. Una vez comprobada la validez de di cha firma, el consumidor envía el pedido, la orden de pago y la de compra. A pesar de l as responsabilidades establecidas por los preceptos mencionados con anterioridad, el punto 7.3 de la Recomendación 88/590/CE establece que 530 Véanse las Memoria del SRBE correspondiente a los año 2005, p. 160; M 2007, p.191; y 2008; el SRBE, resuelve el siguiente caso: “ (C A de V alencia, Castellón y Alicante (Bancaja), en el expediente n.º 1829/05, en la que señala que esta entidad bancaria se apartó de las buenas prácticas y usos bancarios al eludir su responsabilidad respecto del importe dispuesto con posterioridad a la comunicación del cliente, pues, si bien el bloqueo de la tarjeta por parte de la entidad no se llevó a c abo hasta un momento posterior a la ejecución de las disposiciones, el motivo de la demora entre la comunicación del cliente y la efectividad del citado bloqueo fue como consecuencia de los sistemas operativos que tiene establecidos la propia entidad, lo que en modo alguno resulta oponible ante su cliente), en Memoria del SRBE, (M 2005), p. 160. 2, de Castellón, en s u sentencia de 2 5 de j unio de 2008, que «e n el sistema de c riptografía asimétrica cada usuario cuenta con dos claves, una de las cuales es pública, porque se distribuye libremente a través de la red para que todo aquel que tenga interés en mantener una comunicación con su titular pueda conocerla. Según ponen de manifiesto las entidades emisoras de las tarjetas, las medidas de seguridad adoptadas para minimizar o evitar el riesgo y así reducir la responsabilidad son varias. MARTÍNEZ NADAL, A. Medios de pago…”op., cit., pp. ---«Terms of Use, Browse-Wrap Agreements and Technological Architecture: Spotting Possible Sources of Unconscionability in the Digital Era», en Contratto e Impresa. Fuente: Enrique Vásquez Callao, y Julia Berrocal Colmenarejo B. Verificación de la firma digital Una vez estudiado cómo se firma digitalmente un documento o mensaje electrónico se plantea una interrogante. BLANCO PÉREZ-RUBIO, L.: “Cláusulas abusivas…”op., cit., pp. El uso de los métodos criptográficos en las transacciones electrónicas ............................................................................................ 151 2.3.1. La presente Recomendación no se aplicará a las siguientes transacciones: a) el pago mediante cheques; b) la función de g arantía de determinadas tarjetas en relación con el pago mediante cheques». Existen diversas opciones para la verificación de la misma, sin embargo, hay que tener en c uenta que para que el receptor del mensaje electrónico proceda a la verificación de la firma digital, una vez que reciba el mensaje, es necesario que posea la clave pública del emisor; teniéndola puede iniciar la verificación de la firma digital de la siguiente manera: El primer paso para la verificación de la firma digital se refleja en la Figura 5 que consiste en q ue el destinatario o r eceptor aplica la clave pública del emisor para descifrar el hash firmado con la clave privada del mismo y así obtiene el resumen 250. Cabe destacar además que la Comisión de la CEDEAO y el Banco para la Inversión y el Desarrollo de l a CEDEAO, comúnmente denominado el Fondo, son sus dos principales instituciones encargadas de aplicar políticas, ejecutar programas y llevar a c abo proyectos de desarrollo en los Estados Miembros. 46.1 LOCM. Por último, diremos que es un contrato consensual que se perfecciona por el consentimiento de las partes formulado por escrito y con la entrega y recepción de la tarjeta. La suplantación de la identidad, el fallo del sistema, el uso fraudulento de los datos bancarios y el personal del titular de l a tarjeta son las causas principales del conflicto existente entre las partes que intervienen en el sistema de pago electrónico. 475 MARIÑO LÓPEZ, Andrés. N.: “El nuevo régimen…”op.cit., p. 333. Para este autor, la “aparición y difusión de nuevas técnicas hace que los conceptos jurídicos tradicionales necesiten ser adaptados a las necesidades imperantes y, por consiguiente, la conversión del soporte puede servir para su percepción acústico o visual”. Aspectos generales y consideraciones estratégica.  Se debe tener en c uenta de modo expreso la aplicabilidad de las exclusiones de responsabilidad a los supuestos de carácter gratuito. 604 Según señala la Memoria de Servicio de Reclamaciones de Banco de España de 2008, que con la reforma de la LOCM, el legislador español introduce un cambio en la redacción del precepto 46.1 LOCM, según lo previsto en el artículo tercero de la Ley 47/2002, de 19 de diciembre (LRLOCM); y que “la nueva redacción de este precepto pretende transmitir a los usuarios de este medio de pago la seguridad de que su uso fraudulento está protegido jurídica y comercialmente con la retrocesión del cargo efectuado, siempre y cuando no exista constancia documental del titular de la tarjeta y este excepción la compra realizada. 172 Como señala MARIÑO LÓPEZ, que existe un doble riesgo: por un lado, de apropiación por terceros de los datos identificatorios necesarios para realizar pagos por medio de tarjeta de crédito ante la inseguridad de la transmisión de datos en la red abierta de internet y, por otro la utilización ilegitima de la tarjeta ante la ausencia de mecanismos de verificación en la contratación a distancia por medios electrónicos, telefónicos o telemáticos, en MARIÑO LÓPEZ, A. Responsabilidad contractual…op., cit., p.212 y ss. Es por esto que el interés de estudiar las modalidades de comercio electrónico se encuentra en el deseo de aplicar esta modelización al estado de desarrollo de Guinea-Bissau y así entender las necesidades de normativas y de tecnología. 5. 31, octubre, 2002, pp. La creación de las nuevas empresas en el comercio electrónico permite ahorros de costos en infraestructura física para la venta. Lesiones de Derecho Mercantil, 4. ª ed. 727-729; vid. “Banca electrónica. Tesis Comercio Electronico PDF | PDF | Comercio electrónico | Pequeñas y medianas empresas Scribd es red social de lectura y publicación más importante del mundo. Igualmente, el Reglamento Nº 15/2002/CM/UEMOA de sistema de pago en los Estados miembros de la Unión Económica Monetaria del África Occidental, que hemos señalado con anterioridad, aborda cuestiones relacionadas con certificado electrónico, firma electrónica, cheque, letra de 732 733 Vid, art. Por lo que creemos imprescindible modificar el mencionado precepto 208 de la (LUDGC), que queda redactada de la siguiente manera: En el contrato de compraventa la manifestación de voluntad se puede expresar verbalmente, por escrito, medios electrónicos, o cualquier otra tecnología. 149 Suscribiendo textualmente la tesis sostenida por la Profesora RODRÍGUEZ DE LAS HERAS BALLELL, quien subrayar las siguientes funciones de l os intermediario: a) agregación: la intermediación reduce - hasta m + n - las múltiples relaciones (m x n) entre (m) compradores y (n) vendedores transformándolas en relaciones bilaterales a través de su mediación, es decir, centralizándolas. Madrid: Fundación Retevisión, 2000. Cheque electrónico ......................................................................... 72 1.4.5. 18.2 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de c ompraventa internacional de m ercadorías (CNUCCIM), “la aceptación de la oferta surtirá efecto en el momento en que la aceptación de asentimiento llegue al oferente”. “Medios de pago electrónico”, en BOTANA GARCÍA, Gema Alejandra (coord.). 28 d e la LSP, señala que “esta sustitución podrá venir motivada por la incorporación al instrumento de pago de nuevas funcionalidades no expresamente solicitadas por el usuario, siempre que en el contrato marco se hubiera previsto tal posibilidad y la sustitución se realice con carácter gratuito para el cliente”. --La seguridad en las transacciones electrónicas: La firma electrónica. Más adelante se desarrolla como parte de l a estrategia un grupo de normativas que regulan el uso de l a tarjeta como medio de pago en el comercio electrónico con el fin de garantizar la seguridad en las operativas de pago mediante tarjeta en Internet que podrían tomarse como referencia para su implantación en Guinea-Bissau. Cádiz: Editora de Publicaciones Científicas y Profesionales, S, L., 2002, p. 332. Principles…op., cit., pp. RICO CARRILLO, M. Comercio electrónico…op., cit., p.42; MODESTO ESPINAR, E. El comercio…op., cit., p. 35. Transformar datos en un código secreto que puede ser descifrado únicamente por la parte interesada. Madrid: Centro de Estudios Registrales, 20002. En primer lugar, para que la información pueda transmitirse, deben estar instalados el equipo y los programas necesarios. El juicio ejecutivo…op., cit., p.73; BROSETA PONT, M. y M ARTÍNEZ SANZ, Fernando. El Gobierno debe comprender que la implementación del comercio electrónico supondrá para el país una oportunidad única para el crecimiento económico, ya que se ha convertido en un elemento clave para la realización de negocios a nivel interno y mundial. Lo q ue presupone el envío de de l a información de los pagos realizados con el instrumento de pag o electrónico con el motivo de hacer posible el control del titular» 414. A continuación, es necesario hacerle saber esta clave secreta al beneficiario de la transferencia por cualquier medio de telecomunicación. Como ejemplos de at ributos vinculables en u n 522 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… certificado digital, se puede citar: nombre, dirección de c orreo electrónico, datos bancarios, número de identidad fiscal, entre otras. 322 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… Por su parte, el punto 12 del Código de B uena Conducta de la Banca Europea, determina que «el tenedor de la tarjeta pagará las pérdidas ocasionadas hasta el momento de la notificación al emisor de cualquier pérdida, robo o copia de la tarjeta. MOLES PLAZA, R. J.: Derecho y control en Internet. Obsérvese el gráfico 2 en el que se reflejan los datos sobre dichas cuestiones. Sugerencias Tras realizar esta investigación sobre la implantación del comercio electrónico y los medios de pag o electrónico en G uinea-Bissau, y habiéndonos formulado conclusiones generales así como propuestas legislativas, cabe efectuar las siguientes sugerencias: 1. 220 y ss. 166, de 12 de julio de 2002). 132 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… informando al cliente de la necesidad de que confirme información relacionada con su cuenta bancaria, alegando excusas de toda clase. En esta misma línea, el inciso b) del art. 65, Madrid, 1981, pp. Sin embargo, 214 ZAGANI, Raimondo. 481 Vid., art. 2. ª ed. No obstante, es necesario precisar que en la Ley de s ervicio pago existen inconvenientes como, por ejemplo, cuestiones relacionadas con los comerciantes, según las cuales éstos podrán cobrar suplementos o hac er descuentos por utilizar determinado medio de pago, una práctica que hasta ahora impedían los contratos entre emisores de tarjetas y comercios. Derecho de la contratación electrónica. Obsérvese el Grafico 4, a continuación. 45 LSP. Modelo de desarrollo de una empresa. 142, 2010, pp. Isabel y RODRÍGUEZ RUIZ DE VILLA, D.: Los prestadores de servicios de certificación en la contratación electrónica. En atención a lo expuesto, y aunque la operación hubiera quedado perfeccionada por el concurso de la oferta y de la aceptación electrónicas, el hecho de que el supuesto pueda ser calificado como una v enta fuera de es tablecimientos mercantiles, otorga al comprador el derecho de resolución antes reseñado, y si a ello añadimos que el pago se efectuó con la mera determinación del número de u na tarjeta de crédito, el titular de la misma tiene derecho a pedir la anulación de la operación, sin que esté obligado, porque la Ley no l o prevé, a j ustificar razón alguna, pues el párrafo segundo del precepto indicado, tan sólo establece que cuando ocurra el evento indicado, se efectuarán a l a mayor brevedad las correspondientes anotaciones de ade udo y reabono en l as cuentas del proveedor y del titular respectivamente. 0052-0058. [En línea] disponible en Internet: http://150.214.178.8/sinbad2/files/publicaciones/77.pdf(última consulta 17 de agosto de 2012). Respecto de l a obligación de m antener un di rectorio actualizado de certificados, algunos autores consideran que “se trata de una g arantía en la que se persigue que se proporcione la seguridad a la firma electrónica una vez que se mantiene un di rectorio de certificado se puede comprobar su existencia, vigencia o si ésta ha sido suspendida o extinguida. E Comunidad Europea. (coords.). Madrid: Consejo General del Poder Judicial pp. HORTAL I VALLVÉ, J; ROCCATAGLIATA, Franco y VALENTE, P. La fiscalidad del…op., cit., pp.264-265. 1. 2.5. 6.3 de la Recomendación de la comisión 88/590/CE; art.  Directiva 1. 91 y ss. Como señalan algunos autores, estamos ante “un contrato de l arga duración, cuyo objeto en la práctica suele combinar junto a prestaciones de servicios (acceso a Internet, protección de datos…) la realización de obr as por parte del proveedor –en el contexto de la distinción tradicional entre arrendamiento de obras y de s ervicios--, que implica, a diferencia de lo que sucede en la prestación de servicios, una obligación de resultado y no sólo de actividad (lo 391 SÁNCHEZ GÓMEZ, A. El sistema…op., cit., p.162. (Publicado, en B.O.E., núm. Gestión bancaria. 3. a través del contrato que se suscribe entre las partes. Contratación electrónica y firma digital. 338 y ss. 304 184 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… que cualquier protesta posterior carecerá de medios para su confirmación. 217-233; MARTÍNEZ GONZÁLEZ, M. Mecanismo de seguridad, op., cit., p. 8; RICO CARRILLO, M. Comercio electrónico…op., cit., p.183; GUIJARRO COLOMA, L. “Fundamentos técnicos...”op., cit., p. 233; PLAZA PENADÉS, J. DAVARA RODRÍGUEZ, M.: Manual de Derecho Informático. 3. Teniendo en cuenta lo planteado por el legislador español en el precepto comentado en el párrafo anterior, a nuestro juicio, el legislador se quedó corto dado que no llega a es tablecer de forma explícita el plazo concreto para la devolución del importe cargado fraudulenta o indebidamente. CARRASCOSA LÓPEZ, V; POZO, Mª. Según consta en el contrato suscrito entre las partes, en su cláusula 12 existen dos sistemas diferentes de realizar las operaciones de venta: “1) El sistema SSL, a través del cual si el banco emisor de la tarjeta utilizada como medio de pago devolviera la transacción por cualquier causa, el establecimiento se obligaba a reponer su importe al banco con el que liquidara la factura de venta original, (en el caso de a utos el Banco demandante). 535-572 398 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… 5.6. Por último, el emisor no podrá negar haber cifrado el mensaje 235. Keylogger. Federico Sosa, quienes instan para que sus alumnos estén a la vanguardia del, En segundo lugar, un cálido reconocimiento a todos aquellos emprendedores de, diseño que nos brindaron su tiempo, y datos y especialmente a los expertos Bosque, Lía, Dell’ Oro Rocío y Zuccherino Santiago que sin sus experiencias y. conocimientos del área esta investigación no hubiera sido posible. Madrid: Marcial Pons, 2006. Finalmente, se ha de r esaltar que la creación de unas infraestructuras tecnológicas y el mayor acceso a las mismas son requisitos indispensables para el desarrollo del comercio electrónico en Guinea-Bissau. La firma digital: aspectos técnicos y legales [En línea] Disponible en I nternet: http://www.marketingycomercio.com/numero14/00abr firmadigital.htm(última consulta el 20 de enero de 2012); vid., BIDGODI, H. Electronic…, op., cit., p. 206. Malas prácticas bancarias. ALAMILLO DOMINGO, I.; y URIOS APARISI, X. Contratos…op., cit., p. 120; a favor de esta vertiente SÁNCHEZ CALERO, F. «Contrato de cuenta corriente mercantil y el de cuenta corriente bancaria y rendición de cuenta», RDBB, 1992, pp. Véanse, FARRANDO MIGUEL, I y CASTAÑER CODINA, J.: “Atribución y…op., cit., pp. Buenos Aires: Editorial Asterea, 1988, p. 15. 223 Fernandinho Domingos Sanca instrumento electrónico de pago que ya poseía del titular». 101, diciembre de 2006, pp. --«Medios de pago electrónico», en BOTANA GARCÍA, G. A. De ser así, asumirían los gastos de l as transacciones fraudulentas 272. En este sentido, hay quien define el contrato de emisión de la tarjeta como «aquél en que una persona (la entidad emisora o gestora de la tarjeta) se obliga, frente al titular de l a tarjeta, a p agar las obligaciones que éste contraiga con determinadas personas y/o a facilitar dinero en efectivo y otros servicios de c aja, a c rédito (tarjeta de c rédito y de débi to) o apl icar ciertas reglas en el pago de las obligaciones de dinero (tarjeta de compra), siempre que aquél haya utilizado la tarjeta que facilita el propio emisor o gestor; y el titular de la tarjeta se obliga a reembolsar las cantidades pagadas por aquél, y en su caso, los intereses y demás gastos y la cuota por su utilización, y a usar la tarjeta de acuerdo con lo estipulado en el contrato» 320. Por su parte, la Condición General del contrato de tarjeta de Bankia 451 prevé en s u punto 7.6 la obligación del titular de “notificar de inmediato a Bankia el robo, hurto o ex travió de l as tarjetas que podrá hacerse telefónicamente a l a oficina de Bankia de la que sea cliente el titular o 450 Sobre este mismo aspecto, véanse el apartado primero, inciso b) de la Directiva 2007/64/CE( DOUE, L319/36, de 5 de diciembre de 2007). El comerciante puede adherirse a cuantos sistemas de pago electrónico considera oportuno, nota p 25. Condiciones generales y cláusulas abusivas en los contratos bancarios. BOE., núm. Il contratto telemático e i pagamenti elettronici. Por ello, existe el temor de que estos datos no sean transmitidos con total seguridad, pudiendo producirse su interceptación para su posterior aprovechamiento ilícito. 88 ITEANU, Olivier. 24 ALONSO CONDE, A. BOTANA GARCÍA, G. “Los contratos a distancia y la protección de l os consumidores”, en ILLESCAS ORTIZ, R ( dir.). Madrid, 01 de abril de 2005 [En línea] Disponible en Internet: http://www.belt.es/noticias/2005/abril/01/pahrming.htm (última consulta 29 de octubre de 2012); vid. Barcelona: Bosch, Casa Editorial, S.A., 1987. S in embargo, el precepto aclara que este límite no se aplicará si antes de la notificación el titular no ha cumplido con las obligaciones relacionadas con la custodia de la tarjeta y el NIP. A. Tarjetas no bancarias (tarjetas de compra) Son emitidas por establecimientos comerciales o p or un g rupo de establecimientos para uso exclusivo de sus clientes (por ejemplo, las tarjetas de El Corte Inglés) 112. Asimismo, se analiza la distribución del riesgo por el uso indebido o fraudulento de la tarjeta en el comercio electrónico. Decreto-Lei n. º 88/2009, sobre Documentos Electrónicos y Actos Jurídicos, de 9 de Abril, en Diário da República, 1. ª série — N. º 70 — 9 de Abril de 2009. 4. ª ed. Es un i nstrumento de análisis cuantitativo que permite sintetizar informaciones relativas a l as fortalezas y debilidades internas, en este caso de Guinea-Bissau, confrontando éstas con las oportunidades y amenazas que ofrece el entorno. (coord.) 12. Sirve como una alternativa 84 En octubre de 20 02, EBay compró PayPal, cuando ya era el método de pago usado por más del 50% de los usuarios de eBay, y el servicio competía con el sistema propio de eBay, BillPoint. 152 Comercio electrónico y pago mediante tarjeta de crédito en el ordenamiento jurídico español: una… con el desarrollo del comercio electrónico el uso de la criptografía ha dado un gran giro hacia la difusión de técnicas criptográficas para fines no bélicos 219. “Atribución de responsabilidad…” op., cit., p. 219. Pactos de asunción previa de responsabilidad del buen fin de la operación por el comerciante o proveedor que son conformes con la regulación legal de la contratación a distancia en la que, precisamente con el objeto de facilitar al comprador el derecho a examinar las características del bien adquirido, se le concede el de desistir libremente de su contratación dentro de un determinado plazo, tal y como así resulta de lo dispuesto, entre otros, en el art. Ley 56/2007, de 2 8 de diciembre, de M edidas de I mpulso de l a Sociedad de la Información. 252 y ss; PLAZA PENADÉS, J. contratación electrónica...op., cit., p. 471. SAP de Navarra (Sección 1ª), de 8 de noviembre de 2007. 631 Afirma el órgano judicial que esos pactos de imputación de responsabilidad al comerciante que utiliza este sistema de cobro vienen justificados por la propia mecánica de este tipo de operaciones, caracterizada porque el abono en cuenta del importe inicial de la factura se hace de manera automática a par tir de los datos introducidos, esto es sin otra comprobación que el límite de crédito de la tarjeta y su fecha de caducidad. Valencia: Tiran lo Blanch, 2006. Resumiendo, podemos definir el comercio electrónico como un conjunto de actividades mercantiles que incluyen tanto actividades comerciales como acciones de mercadeo, de bienes tangibles o intangibles, siempre que éstas se produzcan por vía electrónica, sobre todo en l a redes de comunicación, como es el caso de Internet. 190 BARUTEL MANAUT, C. Las tarjetas…op., cit., p. 292. Naturaleza y régimen jurídico. Prólogo de Ana Birulés I Bertrán Elcano (Navarra): Aranzadi, 2000. Valencia: Tirant Lo Blanch, 2003, pp. : mercadolibre.com, kotear.pe), o los realizados sin intermediación de un mercado virtual (p. ejem. En este sentido, el tribunal rechaza la exoneración implícita que pretende la parte demandada, por la vía de l a interpretación «sociológica» y 345 Fernandinho Domingos Sanca «analógica», tras poner de m anifiesto que no es admitida en este caso porque es preciso que se hubiera expresamente pactado, apoyándose, en este caso, en la, en la STS de 8 de marzo de 1990 (RJ 1990, 1679), y en la regulación del art. Concepto de comercio electrónico Para acometer el estudio de los medios de pago electrónicos es preciso, en primer lugar, definir en q ué consiste el comercio electrónico, también frecuentemente referido como e-commerce (electronic commerce en inglés) y cuáles son las modalidades en las que podemos clasificarlo. Formación y perfección del contrato en Internet. Por último, se ha de señalar que los medios de p agos existentes en el país son: cheques, transferencias de fondo y tarjetas de débito. Derecho…op., cit., p. 62 y ss. 19 Fernandinho Domingos Sanca Mis agradecimientos para todos los profesores del Departamento de Derecho Privado y Público que me han impartido clases durante mi estancia en la Universidad Carlos III de Madrid, brindándome siempre su orientación con profesionalismo ético en l a adquisición de c onocimientos y afianzando mi formación como doctorando. • Crear las condiciones de c onfianza en el uso de l os medios electrónicos, estableciendo las medidas necesarias para la preservación de la integridad de los derechos fundamentales, y en especial los relacionados con la intimidad y la protección de datos de carácter personal, por medio de la garantía de la seguridad de los sistemas, los datos, las comunicaciones, y los servicios electrónicos. 591 En esta línea, el considerando (32) de la misma Directiva 2007/64/CE, establece que «a fin de ofrecer incentivos para que el usuario de servicios de pago comunique sin demora a su proveedor toda pérdida o r obo de u n instrumento de pa go y reducir así el riesgo de operaciones de pago no autorizadas, el usuario solo debe ser responsable por un importe limitado, salvo en caso de fraude o grave negligencia por parte del usuario del servicio de pago.  Ventajas e inconvenientes Una de l as ventajas que presenta el Millicent es que no ex iste un servidor central sino un c onjunto de agentes que sólo se encuentran implicados en una parte de la transacción, con lo que se reducen los costes de comunicación; los costes criptográficos son menores y adecuados al monto de la operación; disminuyen los costes contables pues, en lugar de mantenerse cuentas separadas para cada combinación de cliente-vendedor, 82 FRAMIÑAN SANTAS, J. COUTO CALVIÑO, R. Servicios de certificación de firma electrónica y libre competencia. Comercio electrónico en Internet. BARDAJÍ MUÑOZ, L. Derecho mercantil. 2. 677 y ss; 111 Fernandinho Domingos Sanca garantizará el servicio al titular de la tarjeta, habilitando un terminal de punto de venta (TPV) compatible con el sistema al que se haya adherido el mencionado establecimiento, si bien este extremo no pl antea mayores problemas por cuanto en la práctica es la entidad financiera (emisora de la tarjeta o autorizada por la entidad titular de la marca del medio de pago) la que procede a instalar el TPV en el establecimiento comercial. El objetivo de este capítulo es analizar las diversas modalidades de comercio electrónico y de los medios de pagos electrónicos existentes, con el deseo de aplicar las que creemos más afines al desarrollo de GuineaBissau. DÍAZ VILCHES, F; y ALBAREDA FLORENSA, J. Facturación telemática. Trabajo de grado. Problemas jurídicos. Cuando el emisor paga al comerciante adherido, lo está haciendo con el dinero que puso a disposición del cliente. A nivel mundial el comercio electrónico movilizó alrededor de US$ 100 mil millones para el año 1999, y se espera que esta cifra crezca en forma exponencial hasta aproximadamente US$ -3 billones parael año 2005,2 (www.tendenciasdigitales.com, 05/05/2003). 120, octubre-septiembre, 2010, pp.141-177, especialmente, pp. Derecho patrimonial. «Atribución y distribución…»op., cit., p. 98, nota 43; sobre este mismo aspecto véanse BUSTO LAGO, José Manuel (coord). Artículo arts. 19 Vid. Dichos artículos sustituyen el art. Barcelona, 17 y 18 de noviembre de 2011. L 095 de 2 de abril de 1993 p. 29-34). -“La protección del titular de u na tarjeta de crédito en R eino Unido, en Estudios de Derecho Bancario y Bursátil. Para continuar con el estudio de este epígrafe, nos parece fundamental resaltar que existen dos modalidades de carga del acreedor, el que el camino acertado para precisar el concepto de la carga ha sido perfectamente señalado por la doctrina alemana, tras poner de relieve que la carga no constituye un sollen, sino un müssen, es decir un «tener» que para «poder hacer». Obligación de poner a disposición del titular de la tarjeta los medios de comunicación adecuados para que éste pueda notificar el robo, extravío o situaciones de riesgos de utilizaciones fraudulentas de la tarjeta La entidad emisora está obligada a poner a disposición del titular todos los medios necesarios a f in de q ue esta pueda cumplir con su deber de notificación “sin demora indebida” del extravío, sustracción u ot ras 406 Vid. La contratación electrónica, 3. ª ed. Como por ejemplo, la de contar con adecuados medios tecnológicos, materiales y publicitarios, así como la de utilizarlos adecuadamente y la de i nstruir a s us empleados sobre el funcionamiento de la tarjeta de crédito 461. Derecho de internet. Es preciso añadir además que la manifestación de voluntad se puede expresar verbalmente, por escrito, medios electrónicos, o cualquier otra tecnología. Introducción a la realidad socioeconómica del África subsahariana. La intervención de dichos terceros no podrá alterar ni sustituir las funciones que corresponde realizar a las personas facultadas con arreglo a D erecho para dar fe pública. Los medios electrónicos de pago. La Ley 7/1998 de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación, define en su art.1 que “son condiciones generales de la contratación las cláusulas predispuestas cuya incorporación al contrato sea impuesta por una de las partes, con independencia de la autoría material de las mismas, de su apariencia externa, de su extensión y de cualesquiera otras circunstancias, habiendo sido redactadas con la finalidad de s er incorporadas a u na pluralidad de contratos”, en BOE, núm. Teniendo en cuenta los criterios sostenidos por algunos sectores de la doctrina hemos de señalar que, en realidad, es frente a la entidad emisora a quien debe dirigirse el consumidor y usuario titular de la tarjeta para exigir la inmediata anulación de cargo, no frente el proveedor de bienes o servicios. El segundo párrafo aclara que, el término «pérdidas directas» se refiere solamente al importe principal cargado en la cuenta del tenedor de la tarjeta, así como los intereses del mismo. Al respecto, se establece en el Fundamento de Derecho Tercero, que «en el contrato suscrito entre las partes, no se preveía estipulación alguna, para el supuesto de la exención de responsabilidad de la parte demandada (Caja Madrid), respecto de las ventas por teléfono, porque la cláusula de estilo «salvo buen fin» sólo se aplicaba a l as ventas por correo. Asimismo, la Ley 59/2003, de firma electrónica, resulta ser un instrumento imprescindible para reforzar la confianza de los sujetos intervinientes en las transacciones electrónicas ya que facilita la comprobación de la procedencia e integridad de las informaciones intercambiadas a través de Internet para garantizar la seguridad jurídica. A. Derecho de internet. Sin embargo, la nueva redacción dada por el precepto tercero de la LRLOCM prevé lo siguiente: «cuando el importe de una compra hubiese sido cargado fraudulenta o indebidamente utilizando el número de una tarjeta de pago, su titular podrá exigir la inmediata anulación del cargo». 373 y ss. Madrid: La Ley, 2002, pp. En caso de que dicha notificación se hiciere por teléfono, el emisor (o la 409 En este mismo sentido RODRÍGUEZ DE LAS HERAS BALLELL, quien sostiene que la entidad emisora debe implantar mecanismos necesarios para facilitar al titular el cumplimiento de su carga de comunicar la pérdida o sustracción de la tarjeta y adoptar las medidas oportunas para la cancelación de la tarjeta con mayor brevedad, RODRÍGUEZ DE LAS HERAS BALLELL, T. “El reparto de riesgo…”, op., cit., p. 353.

Desarrollo Sustentable Y Sostenible, Danza Trilla De Huancavelica, San Juan Bautista Plataforma, Lugares Turísticos De Sullana, Terno Negro Con Que Camisa Combina,


comercio electrónico tesis